REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de abril de 2023
213° y 164°

ASUNTO: AP21-L-2022-000528

PARTE ACTORA: YAMILET DIAZ, plenamente identificada en autos.
APODERADO JUDICIAL: ORLANDO APONTE, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nro. 125.455.-

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES DIMARY BAKERY, C.A., plenamente identificada en autos.
APODERADOS JUDICIALES: VANESSA ROSSI, ALEXANDER PEREZ y REINALDO GONZALEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpre-abogado bajo los Nros. 91.445, 63.145 y 11.257.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.

ANTECEDENTES

Se recibió el presente expediente por distribución, proveniente del Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 10 de marzo de 2023.

No sin antes haberse iniciado la presente causa por libelo de demanda presentado en fecha 08 de diciembre de 2022, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

En fecha 13 de diciembre de 2022 el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dio por recibida la demanda ordenando el emplazamiento de la parte actora a los fines de la subsanación de la demanda.

Subsanada la demanda en los términos indicados, en fecha 18 de enero de 2023 el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitió la demanda ordenando el emplazamiento de la parte demandada.

Notificada la entidad de trabajo y una vez certificada su notificación por el Secretario del Tribunal de Sustanciación, en fecha 09 de febrero de 2023 el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, le correspondió por sorteo el conocimiento de la causa para la celebración de la Audiencia Preliminar, dando así inicio al proceso de mediación el cual culminó el día 27 de febrero de 2023, en virtud de no haberse logrado la mediación, por lo que se ordenó la incorporación al expediente de las pruebas promovidas por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el día 06 de marzo de 2023 la demandada dio contestación a la demanda y el día 07 de marzo de 2023 se ordenó la remisión del presente expediente al Juzgado de Juicio, correspondiéndole el conocimiento de la causa a este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral.

Ahora bien, una vez hecha las actuaciones procesales correspondientes este Tribunal fijó por auto de fecha 17 de marzo de 2023 la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio para el día 14 de abril de 2023 a las 9:00 am.

Llegado el día de la audiencia de juicio, una vez anunciado el acto, se evidenció que no acudió ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte actora, más no así la representación judicial de la parte demandada, quien se hizo presente por intermedio de su apoderado judicial, el abogado ALEXANDER PEREZ, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nro. 63.145, por lo que en virtud de la incomparecencia de la parte actora, se DECLARÓ EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Ahora bien, estando dentro del lapso para publicar sentencia, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos:

MOTIVACIONES PARA DECIDIR

En el día y hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio (14 DE ABRIL DE 2023 A LAS 09:00AM), fue anunciado el acto a las puertas de la Sala de Audiencias de este Circuito Judicial, no acudiendo la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En tal sentido vista su incomparecencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO incoado por la ciudadana YAMILET DIAZ contra la entidad de trabajo INVERSIONES DIMARY BAKERY, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

DISPOSITIVO

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio incoado por la ciudadana YAMILET DIAZ contra la entidad de trabajo INVERSIONES DIMARY BAKERY, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en virtud de la incomparecencia de la demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia de juicio fijada para el día 14 de abril de 2023 a las 9:00am. SEGUNDO: No hay especial condenatoria dada la cuantía de la presente demanda.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil veintitrés (2023).

EL JUEZ

ABG. CARLOS MORENO
EL SECRETARIO

ABG. ADRIAN GUERRERO

NOTA: En horas de despacho del día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.