REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO NOVENO (19º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 26 de abril de 2023
213º y 164º

ASUNTO: AP21-L-2022-000490

PARTE ACTORA: NELSON TOMAS SIVIRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.837.773
APODERADO JUDICIAL ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO MESA abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 216.041
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL ATLÉTICO VENEZUELA CLUB DE FÚTBOL.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: MARIANELLA VILLEGAS SALAZAR, REINALDO GUILARTE LAMUÑO y JESSICA RENGIFO LIZCANO abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nrosº 70.884, 84.455 Y 168.040, respectivamente.
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DIFERENCIA DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, 26 abril de 2023, siendo las 10:30 a.m., oportunidad para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, asimismo se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano NELSON TOMAS SIVIRA titular de la cédula de identidad Nº 9.837.773, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 84.455, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada dándose así inicio a la audiencia. En este estado, este Juzgado vista la incomparecencia de la parte actora a este acto, es forzoso declarar la consecuencia jurídica establecida en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo como lo es el Desistimiento del Procedimiento y así se establece. Téngase la presente acta como sentencia interlocutoria con fuerza definitiva. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

ABG. MEICER MORENO V.



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO
ABG. RUBEN PIÑA