REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de febrero de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º
ASUNTO: AP21-L-2022-000466
PARTE ACTORA: CHARLES SOLEPSIS LOBO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.371.665.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: TIBISAY MARGARITA BARRIOS DUMONT, VICENTE DE JESÚS BOADA, AIXA STEFANY HERNANEZ CARDOZA y VICENTE DE JESÚS BOADA BARRIOS, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 45.055, 75.855, 315.877 y 315.876, respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: SUPERCABLE ALK INTERNACIONAL S.A. inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de agosto de 1993, bajo el N° 11, Tomo 83-A-Pro.-
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: No consta
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.
Por cuanto la Juez que preside este Despacho, se encontraba de reposo médico, es por lo que se provee el presente asunto en el día de hoy.
Revisadas como han sido las actas procesales, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoare el ciudadano CHARLES SOLEPSIS LOBO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.371.665, en contra de la parte Demandada sociedad mercantil SUPERCABLE ALK INTERNACIONAL S.A., y con vista a diligencia de fecha siete (07) de febrero de 2023, presentada por la parte Demandante, debidamente representado por el abogado VICENTE DE JESÚS BOADA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 75.855, mediante la cual Desiste del Procedimiento; este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, verifica las actas procesales y con especial referencia el instrumento poder, evidenciando faculta expresa para desistir, por lo cual procede a HOMOLOGAR el Desistimiento del Procedimiento manifestado. Así se decide.-
La Juez;
Abg. Ana Victoria Barreto
El Secretario
Abg. Orlando Contreras
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