REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintidós (22) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) Años: 213º y 165º


EXPEDIENTE: AP71-R-2023-000170 (1339)

PARTE DEMANDANTE: Ciudadanos SANTOS CERVINI DAMIGELLI y LUCIA GUGLIELMI de CERVINI, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nro. V- 6.350.439 y V-5.601.123, respetivamente.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Ciudadano EDUARDO JOSÉ GUTIERREZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 124.609.

PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil INVERSIONES TRINCHERA 619, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el Nro. 20, Tomo 57-A-IV, de fecha 20 de marzo de 2014.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadana NATACHA DANILOW, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 129.680.

MOTIVO: DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL


I
Vista la diligencia presentada en fecha 08 de febrero del presente año, por la ciudadana DESIREE GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 16.871.728, en su condición de Presidenta de la sociedad mercantil INVERSIONES TRINCHERA 619, C.A., debidamente asistida por el abogado FLAVIO REINALDO ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 320.686, mediante la cual anunció recurso de casación contra el fallo dictado por este despacho en fecha 18 de diciembre de 2023, esta Alzada para resolver observa:

Que los diez (10) días de despacho previstos en el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, comenzaron a transcurrir el 05 de febrero de 2024 exclusive, fecha en la cual consta la nota de secretaría de haberse efectuado la última notificación, por los medios telemáticos, hasta el 21 de febrero de 2024 inclusive, por lo que el mismo fue interpuesto oportunamente.

Aunado a lo anterior, es indispensable que para determinar la admisibilidad del recurso de casación anunciado, debe tenerse en cuenta que la cuantía que existía para el 15 de noviembre de 2022, fecha en la cual fue presentado el libelo de la demanda ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas, correspondiéndole el conocimiento al Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, se pudo constatar del mismo, que la cuantía señalada cursante al folio siete (07) de la pieza principal, fué la cantidad de DOCE BOLÍVARES (Bs D. 12,00) equivalente en unidades tributarias según lo expresado por la parte actora en TREINTA UNIDADES TRIBUTARIAS (30 U.T.), siendo la cuantía exigida por el Tribunal Supremo de Justicia, para la procedencia de la admisión del recurso de casación en QUINCE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (15.000 UT) y, en virtud que para el momento de la interposición de la demanda la unidad tributaria se encontraba en CERO CON CUARENTA BOLÍVARES DIGITALES (Bs.D 0.40), este tribunal al realizar el cálculo matemático, resultó evidente que la cuantía de la pretensión, no superó el monto requerido para recurrir en casación contra el fallo dictado por esta alzada en fecha 18 de diciembre de 2023, ello de conformidad con la Resolución N° 2018-0013, emanada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24 de octubre de 2018; en consecuencia, la causa no cumple con el requisito de la cuantía, no siendo éste recurrible en casación.
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la ciudadana DESIREE GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 16.871.728, en su condición de Presidenta de la sociedad mercantil INVERSIONES TRINCHERA 619, C.A., debidamente asistida por el abogado FLAVIO REINALDO ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 320.686, parte demandada en el juicio, quién anunció recurso de casación contra el fallo dictado por este despacho en fecha 18 de diciembre de 2023, todo ello en virtud del juicio por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoado por los ciudadano SANTOS CERVINI DAMIGELLI y LUCIA GUGLIELMI de CERVINI contra la sociedad mercantil INVERSIONES TRINCHERA 619, C.A. Así se decide.-
LA JUEZ,

Dra. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.

LA SECRETARIA,

Abg. YAMILET ROJAS.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

Abg. YAMILET ROJAS.