REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Chabasquén, 27 de Febrero de 2024.-
Años: 213° y 165°
EXP N° 1146/2017 REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: WENDY MARIA JOSEFINA DELGADO y GERSON ANTONIO BETANCOURT DIAZ, ambos plenamente identificados en autos, en beneficio de ls niña: GERYOLIS PAHOLA BETANCOURT BOZA, donde ambas partes acordaron pasarle a la madre de mi hija un mercado de comida todos los Quince y ultimo de cada mes a partir del 15 de Marzo, el cual consiste en los siguientes rubros; dos (02) Harinas, dos (02) Arroz, Una (01) Pasta, ½ Kilo de Queso, una (01) Mantequilla, Un (01) de Caraotas, Una Papeleta de Leche, ½ Cartón de Huevos, Un kilo De Carne y un Pollo de igual manera cumpliré con el 50% de los gastos médicos y medicinas cuando mis hijas lo amerite, útiles y uniformes escolares y estrenos en el mes de Diciembre y regalo de niño Jesús los 24 de Diciembre, Por cuanto dicho Acuerdo Conciliatorio, no vulnera los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DECLARA: HOMOLOGADA LA PRESENTE CONCILIACIÓN, en cuanto a la fijación de la Obligación de Manutención se refiere por su competencia y le da carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 4 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, articulo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, en concordancia con los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, como norma supletoria.
El Juez provisorio,
Abg. Duvelys Ramon Briceño Juarez.
El Secretario,
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.-
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