LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Guanare, 03 de Julio de 2024
Años: 214° y 165°

Tramitada como ha sido la presente solicitud por concepto de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MILAGRO CAROLINA SUAREZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.882.572, asistida por el abogado Julio R. Figueredo, titular de la cédula de identidad Nº 4.097.853, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.977, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos MIGUEL HUMBERTO, ROSA ARCILIA, YAJAIRA AIDEE, JUAN CARLOS, JORGE LUIS, NANCY YASMIN, FELIX ABAD, HEIDY YOHANA SUAREZ COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad números 13.959.916, 15.138.229, 15.138.225, 16.208.058, 17.882.573, 17.882.571, 19.814.836, 23.049.424, en ese mismo orden, en su condición de hijos y la ciudadana HAIDI ARCANGEL COLMENAREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número 5.946.418, en su condición de cónyuge la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RUPERTO ABAD SUAREZ VIDAL, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.201.873, de estado civil casado, de oficio agricultor, domiciliado en el caserío Morrones, vía principal, casa sin número, jurisdicción del municipio Guanarito del estado Portuguesa, fallecido ab-intestato en el Hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa en fecha diecinueve de septiembre del año dos mil doce (19/09/2012).
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada la solicitud, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en éste procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que promovió la parte interesada.
Constan en autos como medios probatorios:
 Copia certificada del Acta de Defunción correspondiente al causante ciudadano Ruperto Abad Suarez Vidal, inserta en el Libro de Registro Civil de Defunciones llevado por el Registro Civil del Municipio Guanare, del estado Portuguesa, bajo el Nº 877, Folio 127, Tomo 4, del año 2012, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar el fallecimiento del referido ciudadano.

 Copia certificada del Acta de Matrimonio correspondiente a los ciudadanos Ruperto Abad Suarez Vidal y Haidi Arcángel Colmenarez Rodríguez inserta el Libro de Matrimonios llevado por el Consejo Municipal del Distrito Turen del estado Portuguesa, bajo el Nº 5, Folio 8 vto. al 10 fte. de fecha 15/02/1974, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Miguel Humberto Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Santa Rosalía del estado Portuguesa, bajo el número 64, de fecha 13/03/1975, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre el referido ciudadano y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Milagro Carolina Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, bajo el número 150, de fecha 23/03/1987, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre la referida ciudadana y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Yajaira Aidee Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Esteller del estado Portuguesa, bajo el número 104, de fecha 22/02/1979, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre la referida ciudadana y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Rosa Arcilia Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Esteller del estado Portuguesa, bajo el número 396, de fecha 26/05/1978, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre la referida ciudadana y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Juan Carlos Suarez Colmenarez, inserta del Registro Civil del Municipio Esteller del estado Portuguesa, inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Esteller del estado Portuguesa, bajo el número 656, de fecha 23/09/1980, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre el referido ciudadano y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Jorge Luis Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, bajo el número 39, folio vto. Nº 20 de fecha 27/01/1986, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre el referido ciudadano y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Nancy Yasmin Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, bajo el número 54, Folio vto. Nº 027 de 01/02/1989, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre la referida ciudadana y el de cujus.

 Copia certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Félix Abad Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, bajo el número 614, Folio vto. Nº 318, de fecha 30/08/1990, a la cual se le confiere pleno valor probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre el referido ciudadano y el de cujus.

 Copia simple del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Heidy Yohana Suarez Colmenarez inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, bajo el número 813, de fecha 18/10/1995, a la cual se le confiere pleno probatorio y sirve para demostrar la filiación existente entre la referida ciudadana y el de cujus.

 Facsímiles de las cédulas de identidad correspondientes a los ciudadanos Rosa Arcilia, Miguel Humberto, Heidy Yohana, Nancy Yasmin, Félix Abad, Yajaira Aidee, Milagro Carolina, Juan Carlos y Jorge Luis Suarez Colmenarez, a los cuales se les confiere valor probatorio y sirven para demostrar la identificación íntegra de los hijos del de cujus.

 Facsímil de la cédula de identidad correspondiente al ciudadano Ruperto Abad Suarez Vidal, a la cual se le confiere valor probatorio y sirve para demostrar la identificación integra del de cujus.

 Facsímil de la cédula de identidad correspondiente a la ciudadana Haidi Arcángel Colmenarez Rodríguez, a la cual se le confiere valor probatorio y sirve para demostrar la identificación integra de la viuda del de cujus.

En su oportunidad comparecieron por ante éste Tribunal las ciudadanas ROSARIO ISABEL CUMANA SILVA y OLIVA CELINA SEIJAS PÉREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 11.395.910 y 11.399.920, respectivamente, testigos promovidas por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud los cuales fueron concatenados con los medios probatorios aportados por la parte solicitante.
Corolario de lo anterior, por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos MILAGRO CAROLINA, MIGUEL HUMBERTO, ROSA ARCILIA, YAJAIRA AIDEE, JUAN CARLOS, JORGE LUIS, NANCY YASMIN y FELIX ABAD, HEIDY YOHANA SUAREZ COLMENAREZ en su condición de hijos y a la ciudadana HAIDI ARCANGEL COLMENAREZ RODRIGUEZ en su condición de cónyuge, todos plenamente identificados, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RUPERTO ABAD SUAREZ VIDAL, vocación hereditaria que les deviene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822, 823, 824 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.



En relación a las copias certificadas solicitadas por cuanto las mismas no son contrarias a derecho se acuerdan de conformidad con lo solicitado de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena expedir por secretaría dos (02) juegos de copias fotostáticas certificadas de la totalidad de los folios que integran la presente solicitud incluidas la carátula y la contratapa. Devuélvanse a la parte solicitante estas actuaciones en original con sus resultas y las copias certificadas acordadas.
La Jueza Provisorio,
Abg. Carol Sofia Escobar Morales.
La Secretaria Temporal,

Abg. Nadia Natasha Araujo Baptista.
Solicitud Nº 11.168-24