REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas
Caracas, siete (07) de Marzo de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
ACTA PROLONGACION AUDIENCIA PRELIMINAR
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2023-000852
PARTE ACTORA: COROMOTO GONZALEZ MEDINA, titular de la cèdula de identidad Nº V-5.149.272.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: TIBISAY MARGARITA BARRIOS DUMONT, IPSA Nº 45.066.
PARTE DEMANDADA: LA VENEZOLANA DE SEGUROS Y VIDA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FELIX JOSE BAEZ DECENA, IPSA Nº 107.580 y LUIS DAVID GUANDA ARAUJO, abogado inscrito en el IPSA Nº 97.943.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy jueves siete de marzo de dos mil veinticuatro (2024), siendo las 10:30 a.m, comparecen los ciudadanos TIBISAY MARGARITA BARRIOS DUMONT, IPSA Nº 45.066, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y FELIX JOSE BAEZ DECENA, IPSA Nº 107.580 y LUIS DAVID GUANDA ARAUJO, abogado inscrito en el IPSA Nº 97.943, en sus carácter de apoderados judiciales de la parte demandada en la presente causa, de la entidad de trabajo LA VENEZOLANA DE SEGUROS Y VIDA C.A, tal como consta de poder que cursa en los autos, dándole así inicio a la audiencia las partes, presentan verbalmente un convenimiento de pago por los conceptos demandados correspondientes a prestaciones sociales, y otros conceptos laborales, tal como se detallaron en el libelo de demanda, el referido pago se realizara por la cantidad de QUINCE MIL DOLARES AMERICANOS ($ 15.000,00), pagados de la siguiente manera: dos (02) pagos de 50% cada uno en un lapso de un 801) mes contados a partir de la presente audiencia, los cuales se depositaran en la cuenta personal de la actora Isvelis Coromoto González de Medina, identificada en autos, dicha propuesta fue presentada por los apoderados judiciales de la parte demandada los abogados FELIX JOSE BAEZ DECENA, IPSA Nº 107.580 y LUIS DAVID GUANDA ARAUJO, abogado inscrito en el IPSA Nº 97.943, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, después de revisar exhaustivamente los poderes que cursan en autos, en lo que respecta a la parte actora y en lo que respecta a la demandada, en el cual se acredita el carácter del apoderados judiciales de la demandada y actora, y sus facultades expresa para transigir en el presente juicio y, comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACION, dándole efectos de cosa juzgada; asimismo se ordenara el cierre y archivo del presente expediente una vez que conste en autos constancia el ultimo pago. Así se establece.
DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
UNICO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCION presentada por las partes en la presente causa, la entidad de QUINCE MIL DOLARES AMERICANOS ($ 15.000,00), para la trabajadora, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dandole efectos de cosa juzgada. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los siete (07) dias del mes de marzo de dos mil veinticuatro (2024). Año 213º de la Independencia y 164º de la Federación. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION Y DEJESE COPIA. Igualmente se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de caracas http:// caracas.tsj.gov.ve/. CÙMPLASE.
El Juez
Abg. Mario Montalvan
La Secretaria
Abg. Crisnary Godoy
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