ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2024-000637
PARTE ACTORA: GLADYS CAROLINA OLIVEIRA AGUILAR
PARTE DEMANDADA: CENTRO DE ESTUDIOS EL HILO DE FRANCIS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ LUGO Y MANUEL MARCANO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy veintiuno (21) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana GLADYS CAROLINA OLIVEIRA AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° V.11.306.457, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia de la comparecencia a este acto de la parte demandada, CENTRO DE ESTUDIOS EL HILO DE FRANCIS, C.A., debidamente representada por sus apoderados judiciales, abogados JOSÉ LUGO y MANUEL MARCANO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.244 y 62.268, según se evidencia de instrumento poder que presentan en este acto, a los fines de que se insertado al expediente; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 165 ° y 214 °.
LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA
ESTEFANÍA OROPORTE

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA

En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.

LA SECRETARIA
ESTEFANÍA OROPORTE