REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Biscucuy, Cuatro (04) de Abril de 2025
Años; 214º y 166º

Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Gertrudis Azuaje Toro, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 11.395.978, soltera, agricultora de oficio, civilmente hábil y domiciliada en la Carretera Principal Vía Peña Blanca, Sector Vega del Esfuerzo, casa sin Numero entre el Zanjón y la Ocupación de Edicta Delgado, Parroquia Capital Biscucuy, Municipio Sucre del Estado Portuguesa; debidamente asistida por la AbogadaSonia Yudelis Tovar Machado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº143.419, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarleel derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ellase contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanosTeresa Barazarte Bastidas y Carlos José Chinchilla Delfín , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V- 9.151.322 y V- 3.105.438 respectivamente, consta que la solicitante desde hace más de Seis (06) años havenido poseyendoun lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra, ubicadoCarretera Principal Vía Peña Blanca, Sector Vega del Esfuerzo, casa sin Numero entre el Zanjón y la Ocupación de Edicta Delgado, Parroquia Capital Biscucuy, Municipio Sucre del Estado Portuguesa, con una extensión deUna Hectárea Con 0001 Metros Cuadrados (1Ha 0001M2), cuyos linderosson los siguientes: Norte:Con el Zanjon;Sur:Ocupación de Edicta Delgado, Este: Con el Ramal Principal yOeste:Con la Carretera Principal, ha construido unas bienhechuríasconsistentes en vivienda de bloques de concreto frisado, pisos de cemento pulido, cerámicas e baño y cocina, techos de zinc, puerta y ventanas de hierro con protectores, y un área de bahareque con pisos de cemento y techos de zinc; la cual mide: Siete metros lineales exactos (7MI) de frente por Nueve Metros lineales exactos (9MI) de fondo; para un área total de edificaciones de: Setenta Y Tres Metros Cuadrados Exactos (63m2); la cual está distribuida con las siguientes características: Dos (2) habitaciones, Un (1) recibo comedor, Una (1) cocina, Una (1) sala de baño y un (1) porche; seis plantas de aguacate, y otros árboles frutales variados.; invirtiendoa sus solas y únicas expensa y con dinero de su propio peculio y trabajo personalha invertido y cancelado en sus costos y gastos la totalidad que suma Quinientos Mil Bolívares Exactos (Bs. 500.000,00).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadanaGestrudis Azuaje Toro, ya identificadael derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de Medidas y Linderos11-03-2025, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldíadel Municipio Sucre del estado Portuguesa, en fechaOnce(11) de Marzodel dos mil veinticinco (2025),para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.

Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.

Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.

Solicitud Nº 5594/2025


JTorrealba.-