REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Agua Blanca, 02 de Diciembre del Año 2025
214° y 166°
EXPEDIENTE Nº: S-1309-2025
Vista la anterior solicitud, mediante la cual la Ciudadana: AMALIA MARILYN CALDERA URBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.693.366, domiciliada en el sector Centro Plaza del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa. Debidamente Asistida en este acto por el Abogado en ejercicio, ciudadano: BERNARDO JOSE ROLDAN OCHOA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.544.370, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número: 193.251, correo electrónico: roldber@gmail.com, Whatsapp: 0412-6987794. Solicita que la anterior diligencia sea Declarada bastante para asegurar el Derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurías a que se refiere. Y por cuanto de las Declaraciones rendidas por los ciudadanos: LUIS DAVID RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.939.499 y GAMELYS YOLEXY ZOTERANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.959.562, mantienen concordancia, se constata que la ciudadana: AMALIA MARILYN CALDERA URBANO, ha construido unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal el cual cuenta con un Área de Terreno de; TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTÍMETROS (379,77 M2) y que posee un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS (249,57 M2), según consta en ficha catastral N° 18 01 00 U-01 027013 005 000 000 000, el mismo ubicado en la avenida 3 entre calles 15 y 16, centro plaza del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa, Alinderado de la siguiente manera: NORTE: casa que es o fue de la familia roldan, SUR: Avenida 3 que es su frente, ESTE: casa que es o fue de Rosa Antequera, OESTE: casa que es o fue de la Familia González. La misma constante de: una vivienda con paredes de bloques, piso de cemento, un (01) porche, tres (03) habitaciones, una (01) área de recibo, un (01) comedor, dos (02) baños, un garaje techado, un local con portón, santa maría en su parte del frente, un corredor en su parte posterior, techo de platabanda, acerolit y láminas metálicas, puertas y ventanas de hierro. Cuenta con sistema de aguas blancas y servidas con el respectivo empotramiento de la red eléctrica, cercada perimetralmente con bloques de concreto. El cual ha venido ocupando por más de cuarenta (40) años. Igualmente indicó haber invertido la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs180.000, 00), lo que representa SETECIENTAS SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y SIETE UNIDADES TRIBUTARIAS (768,57 U.T), destinadas al pago de materiales de construcción y mano de obra, de sus solas expensas y con dinero de su propio peculio. En torno a ello y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el articulo 3, de la resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en gaceta oficial Nº 39:152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el Derecho de Propiedad que sobre las señaladas bienhechurías alegó la Solicitante. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud reprodúzcase esta decisión fotostaticamente, y entréguese estas diligencias a la solicitante. En el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. A los Dos (02) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Veinticinco (2025), a los 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ANELIN LISSETT ALVARADO HERRERA
LA SECRETARIA
ABG. KATTRYN MORILLO
En el mismo día de hoy, siendo las 11: 30 AM, se cumplió con lo ordenado.
Conste.-
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