SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 166/2025
FECHA 23/07/2025

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
215º y 166°


Asunto Nº: AP41-U-2022-000336

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 04 de noviembre de 2022, por los ciudadanos JESÚS R. GÓNZÁLEZ CARABALLO y ALEXANDER RAFAEL GÓMEZ MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-3.715.032 y V-11.630.415 respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 9.645 y 284.803 también respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente SETA NAVIERA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital el 10 de diciembre de 2013, bajo el N° 199, Tomo 107-A Sdo., así como Registro de Información Fiscal bajo el N° J-40348330-2, contra la Resolución decisoria del Recurso Jerárquico signado bajo el N° SNAT/GGSJ/GR/DRAA/2022/1263 de fecha 26 de agosto de 2022, dictada por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a través de la cual declaró Sin Lugar el prenombrado recurso incoado contra el contenido del Acto Administrativo N° SNAT/INA/GAP/LGU/AAJ/2018/000879 dictado en fecha 11 de mayo de 2018 por la Aduana Principal de La Guaira, la cual impone una multa por la cantidad de TREINTA UNIDADES TRIBUTARIAS (30 U.T.) de conformidad con lo previsto en el artículo 165 numeral 2 de la Ley Orgánica de Aduanas.

En fecha 28 de mayo de 2025, este Órgano Jurisdiccional dictó Sentencia Definitiva N° 2382, la cual declaró SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente SETA NAVIERA C.A., contra la Resolución decisoria del Recurso Jerárquico signado bajo el N° SNAT/GGSJ/GR/DRAA/2022/1263 de fecha 26 de agosto de 2022, dictada por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Por auto de fecha 23 de julio de 2025, este Tribunal declaró Definitivamente Firme la Sentencia Definitiva N° 2382 de fecha 28 de mayo de 2025, dictada por este Tribunal que declaró Sin Lugar, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente SETA NAVIERA C.A.

De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6507, de fecha 29 de enero de 2020, entrando en vigencia el 03 de marzo 2020, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al artículo 308 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión número 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que establece lo siguiente:

“… corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente. Por lo tanto, esta Sala advierte la imposibilidad de los Jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.”(Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).

En consecuencia, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA REMITIR el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.

Líbrese oficios, acta y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (UAC)

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de julio de dos mil veinticinco (2025).
La Juez,

Dra. Yuleima Milagros Bastidas Alviarez

El Secretario,


Abg. Jackson Manuel Pérez Cabezas

Asunto Nº: AP41-U-2022-000336.
YMBA/JMPC/LNFC.