SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 131/2025
FECHA 11/06/2025

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
215º y 166°

Antiguo: N° 1695
Asunto Nº: AF41-U-2001-000127.

En fecha 18 de abril de 2001, la abogada, ELEONORA PIACQUADIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.896.668 abogada en ejercicio e inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABODAGO) bajo el N°. 44.109, actuando en su carácter de apoderada de la contribuyente "SIDERURGICA DEL ORINOCO, C.A (SIDOR)", Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (actualmente Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 01 de abril de 1964, bajo el N° 86, Tomo 13-A, estatus modificados y refundidos en Asamblea Ordinaria de Accionistas N° 128 de fecha 29 abril de 1999, e inscritos en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en el Tomo 128-A-Pro, N° 67 del año 1999, y luego modificados en Asamblea de Accionista N° 132, de fecha 12 de mayo de 2000 e inscritos en el Registro Mercantil Primero de Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de agosto de 2000, bajo el N° 25, Tomo 141-A-Pro del año 2000, interpuso recurso Contencioso Tributario contra la Providencia Administrativa N° MH-APCG-1400-AJ-PA-021, en fecha 23 de febrero de 2001, Planillas de liquidación de gravámenes Nos H-99-0125774, H-99-0125775, H-99-0125776, H-99-0125777, todas de la misma fecha, emanadas por la Gerencia de la Aduana Principal de Ciudad Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

En fecha 07 de junio de 2023, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva N° 75/2023, mediante la cual declaró EXTINGUIDA LA ACCIÓN, por perdida sobrevenida del interés procesal, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el contribuyente "SIDERRURGICA DEL ORINOCO, C.A (SIDOR)", contra los actos administrativos antes mencionados, todos emitidos por la Gerencia de la Aduana Principal de Ciudad Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Por auto de fecha 11 de junio de 2025, este Tribunal declaró Definitivamente Firme la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva N° 75/2023 de fecha 07 de junio de 2023, dictada por este Tribunal, la cual declaró EXTINGUIDA LA ACCIÓN, por perdida sobrevenida del interés procesal, al Recurso Contencioso Tributario ut supra identificado.

De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6507, de fecha 29 de enero de 2020, entrando en vigencia el 03 de marzo 2020, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al artículo 308 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión número 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que establece lo siguiente:

“… corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente. Por lo tanto, esta Sala advierte la imposibilidad de los Jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.”(Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).

En consecuencia, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA REMITIR el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.

Líbrese oficios, acta y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (UAC)

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los once (11) días del mes de junio de dos mil veinticinco (2025).
La Juez,

Dra. Yuleima Milagros Bastidas Alviarez

El Secretario,


Abg. Jackson Manuel Pérez Cabezas



Antiguo: N° 1695
Asunto Nº: AF41-U-2001-000127.
YMBA/JMPC/LNFC.