SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 133/2025
FECHA 12/06/2025
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
215º y 166°
Asunto Antiguo N° 2311.-
Asunto Nº: AF41-U-2004-000048.-
En fecha 26 de abril de 2004, la ciudadana, NANCY ROSARIO MONTAGGIONI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.433.223, abogada en ejercicio e inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.140, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Contribuyente "TECNIAUTO, C.A", inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal actualmente (Distrito Capital) y Estado Miranda bajo el N° 2, Tomo 54-A, en fecha 07 de septiembre de 1967, interpuso Recurso Contencioso Tributario, contra la Providencia de Aceptación y Autorización para emitir Certificación de Ventas Exoneradas N° RCA-DR-REX-2004-E-C-039-000022, en fecha 17 de marzo de 2004, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual declaró parcialmente procedente la solicitud de autorización para emitir certificación de ventas exoneradas, opuesta por la contribuyente ut supra identificada, a partir del mes de septiembre hasta el mes de noviembre del año 2003, por un monto de Bs. (205.154.603,00), en virtud de la adquisición de las 17 unidades del vehículo familiar 2000, modelo WAGON R+, marca CHEVROLET, referidas en el programa de comercialización anexo a su solicitud, todo de conformidad con lo dispuesto en la Providencia Administrativa Nº RCA-DR-2002-E-C-039-000011, en fecha 07 de agosto de 2002.
En fecha 26 de abril de 2023, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria N° 56/2023, a través de la cual declaró EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida sobrevenida de interés procesal del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente TECNIAUTO, C.A, contra la Resolución Nro. RCA-DR-REX-2004-E-C-039-000022, en fecha 17 de marzo de 2004, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Mediante auto de esta misma fecha, este Tribunal declaró definitivamente firme la Sentencia Definitiva N° 56/2023 de fecha 26 de abril de 2023, dictada por este Órgano Jurisdiccional.
De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6507, de fecha 29 de enero de 2020, entrando en vigencia el 03 de marzo 2020, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al artículo 308 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión número 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que establece lo siguiente:
“… corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente. Por lo tanto, esta Sala advierte la imposibilidad de los Jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.”(Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).
En consecuencia, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Líbrese oficio, acta y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (UAC).
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los doce (12) días del mes de junio de dos mil veinticinco (2025).
La Juez,
Dra. Yuleima Milagros Bastidas Alviarez
El Secretario,
Abg. Jackson Manuel Pérez Cabezas
Asunto Antiguo N° 2311.-
Asunto Nº: AF41-U-2004-000048.-
YMBA/JMPC/JDSR.-
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