REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 28 de Marzo de 2025
214° y 166°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: PAULA LUCILA MORENO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.078.606, con domicilio fiscal en la callejón Nro 2, casa S/N, Barrio la Coromoto, de la ciudad de Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa. Asistida en este acto por la ciudadana: KATHERINE ROJAS, venezolana, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-24.023.965, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 302.896, y con domicilio profesional el la avenida 3, Barrio las Jacoberas, casa Nº 16.259, de la ciudad de Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos JOSÉ BLADIMIR MORENO y GERMAN ANTONIO SANCHEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.597.940 y V-7.545.705, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Villa Bruzual, municipio Turén, estado Portuguesa.
Consta que ha fomentado unas mejoras y bienhechurías sobre un lote de terreno ejido municipal, ubicado en la calle Principal, casa S/N, Barrio “La Coromoto, de la ciudad de Villa Bruzual, municipio Turén, estado Portuguesa, la cual tiene un área total de terreno CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180,00 M2) y un área de construcción de CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (59,31 M2) cuyos linderos originales son las siguientes: NORTE: Calle 2, SUR: Simón García, ESTE: Avenida 1, OESTE: Aida Álvarez, y cuyos linderos actuales y medidas son las siguientes: NORTE: Parcela Nro.001 en 15,00 Metros Lineales, SUR: Áreas Verdes en 15,00 Metros Lineales, ESTE: Parcela Nro. 004 en 12,00 Metros Lineales, OESTE: Callejón Nro. 02, Barrio La Coromoto( que es su frente) en 12,00 Metros Lineales; según consta en Cedula Catastral Nº 18-14-01-U00-017-022-002, de fecha 06 de Mazo del año 2025, emitida por la Dirección de Catastro Comunal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, estado Portuguesa, ha fomentado a su propia y única expensas, las características constructiva de la vivienda son las siguientes: con paredes de bloque, piso de cemento pulido, dos (02) habitaciones, un (01) porche, una (01) sala de estar, un (01) baño, una (01) cocina, habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs 70,000,00) equivalentes a SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (U.T 7.780).
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: PAULA LUCILA MORENO, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre el inmueble Tipo casa de habitación familiar, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Certificado de empadronamiento de terreno ejido municipal emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Turén, estado Portuguesa, Cédula Catastral y Plano de mensura, emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Turén, estado Portuguesa, copias simples de las cédulas de identidad de la solicitante, certificado de solvencia, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez Titular,
Msc. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,
Abg. GLORIA S. BUEGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.332-2025
AMSR/GSBE/meba
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