REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 22 de Mayo de 2025
215° y 166°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: ADAMELYS COROMOTO CASTILLO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-18.799.499, de este domicilio, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el número 18.799.499-0, asistida en este acto por la ciudadana: MIRIAN ROSA ROMERO, venezolana, abogada en libre ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V-11.079.168, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 250.762, domiciliado municipio Turén, estado Portuguesa. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: REINA ISABEL CORDERO ROMERO y YANNY JAVIER ESCALONA SILVA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-5.368.611 y V-18.872.082, domiciliados en el municipio Turén del estado Portuguesa.
Consta que sobre unas mejoras y bienhechurias perteneciente ( casa de habitación familiar) construida sobre una parcela de terreno a los ejido municipal ubicado en la calle principal con callejón Nº 2 Caserío la Aduana parroquia Villa Bruzual, del municipio Turén estado Portuguesa, comprendido de los siguiente linderos: NORTE: Calle principal, caserío la Aduana que es su frente en 17,37 Metros Lineales ; SUR: Bienhechurías que son o fueron de Elida Pacheco, en 19,20 metros lineales; ESTE: Terreno ocupado por Darwin Romero, en 21,90 metros lineales; y OESTE: Callejón Nº 2, en 21,00-2,40 metros lineales, para un área Total de CUATROCINTOS VEINTICUATRO CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (424, 50 MT2) según costa en Cedula catastral signada con el Nº 18 14 01 R00 004, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Turén estado Portuguesa, Dirección de Catastro Comunal en fecha 20 de Julio del año 2024, fomentando y levantando unas mejoras y bienhechurías, una vivienda familiar a su únicas expensas y con dinero de su propio peculio, con las siguientes características: paredes de bloque, techo de platabanda, tres (03) puerta de


madera y una (01) de hierro, ventanas de hierro, constante de una (01) sala comedor con piso porcelanato, una (01) cocina con piso de porcelanato, dos (02) cuarto con piso de cerámica, un (01) baño, para un total de de área de construcción de CIENTO VEINTE CON SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (120,75 M2), habiendo invertido en dicha contracción la cantidad de BOLIVARES CIEN MIL (100.000,00).

Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: ADAMELYS COROMOTO CASTILLO RODRIGUEZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: constancia de residencia emitida por el consejo comunal del caserío la Aduana del municipio Turén del estado portuguesa, Copias simple de Cédulas de Identidad de la solicitante y (RIF), Copias simple de Cédulas de Identidad de las testigos, Certificado de empadronamiento en terreno municipales, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Turén dirección de catastro comuna, cedula catastral y plano mensura, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Turén dirección de catastro comunal, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Juez Titular,

Msc. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.344-2025
AMSR/GSBE/meba