PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano Alexander Josman Bose Valera, Venezolano, natural de Guanare, titular de la Cédula de identidad N° 25.520.693, nacido 22/06/19983, soltero, residenciado en la Quebrada de la Virgen, Barrio Negro Primero, calle principal, calle tres, Municipio Guanare Portuguesa, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, delito previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas tanto de las ofrecidas por el Ministerio Público, y de la defensa, descritos en el capitulo IV del presente auto, por útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad, incorporadas debidamente al proceso.
TERCERO: Siendo la oportunidad legal, se procedió a imponerlo a los imputados sobre las Alternativas a .....