DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE a trámite el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 18 de Diciembre de 2015, Abogado CESAR FELIPE RIVERO, actuando en el carácter de Defensor Privado de la Adolescente imputada LUZ MARÍA DÍAZ HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada y publicada en fecha 12 de Diciembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, con base en el artículo 608 literal "c" de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de .....