declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos ANGELINE LEAL Y TONI BARBOZA, antes identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
b) El progenitor se compromete a entregar la cantidad de Cien Bolívares (Bs. 100,oo) quincenales, más la cantidad de Doscientos Noventa y Nueve Bolívares (Bs. 299,oo) por concepto de cesta ticket, los cuales comenzará a suministrar a partir del día sábado treinta (30), mediante recibo firmado por la progenitora como señal de cumplimiento. Asimismo se compromete a partir de este momento y en lo sucesivo a cubrir la mitad de los gastos extras tales como: asistencia médica, medicinas, vestuario y otros, e igualmente para la época escolar, pago de inscripción, pago de matricula escolar, uniformes, transporte etc., de la misma manera en la época decembrina, el progenitor se compromete a entregarle a la progenitora la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs. 300,oo), para cubrir las necesidades materiales .....