Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el acusado YEAN ERIC NAVA CONTRERAS, Venezolano, natural de Los Puertos de Altagracia, Estado Zulia, fecha de nacimiento 25-04-1983, de 25 años de edad, soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Deidi Nava y Elida Contreras, titular de la cédula de identidad No Indocumentado, domiciliado en el Barrio Santa Rosa, calle Cumarebo, callejón Mara, casa s/n, Sector Nueva Rosa, Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia, y en consecuencia ordena su traslado a la a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Asimismo se acuerda oficiar al Tribunal Segundo de Juicio de este mismo Circuito, a los efectos de solicitar remita el asunto penal signado bajo el No. VP11-P-2008-.....