IV
DECISION:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Primero: DECLARA CON LUGAR la demanda por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL, Segundo: acuerda el pago de intereses de mora sea tres (03%) anual estipulado en el Banco Central de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el Articulo 1746 de Codigo Civil, Tercero: se acuerda el pago de las costa Procesales y honorarios profesionales de conformidad con el artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, Cuarto: se acuerda Notificar a las partes de esta decisión.-
Expídase copia certificada a la parte interesada del fallo dictado por este Tribunal.
Regístrese, Publíquese y déjese la Copia de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribuna.....