IV
DISPOSITIVA
Por las razones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la reclamación de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentada por la ciudadana REINA MARIA COLMENAREZ YUSTIZ, debidamente representado por sus Apoderados Judiciales JUAN ALCIDES CARO, YRENE MARIA SANOJA Y MIGUEL EDUARDO UZCATEGUI contra la empresa TELEEXPRESS C.A representada sus apoderados judiciales MARTA AVILA BELL. SEGUNDO: No hay condenatoria de conformidad con el artículo 64 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: