Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, en virtud de estar ajustada a derecho la transacción celebrada entre las partes y cumplida con base al examen general de los presupuestos procesales que disponen los artículos 255, 256 y 257 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Imparte su HOMOLOGACIÓN a la presente transacción en los términos expuestos por las partes, adquiriendo en consecuencia mediante la presente sentencia el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil se acuerda expedir por Secretaria los juegos de copias fotostáticas certificadas solicitados por las partes en su escrito transaccio.....