Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por las ciudadanas: SONIA MARGARITA BARRIOS FLORES y YELITZA JOSEFINA TEJEDA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.898.847 y V-12.965.059, respectivamente, que se relaciona con el croquis catastral N° 18-02-01-R-01-150-002-280-000-000-000, que corre al folio dos (02), consta que él solicitante en un lote de terreno municipal, el cual posee un área total de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (365,31 M2) y un área de construcción de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (65,80 M2) ubicado en la Comunidad Algodonal, sector Zanjon Larence de la ciudad de Araure, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/D HACIENDA DE ANTONIO ANTEQUERA S/C LIGIA ARREDONIO. SUR: S/D CLUB CENTRAL DE AMIGOS EL ZANJON S/C RAFAEL ESPINOZA. ESTE: S/D JOSE RAFAEL ESPINOZA S/C ANTONIO ARTEAGA. Y OESTE: S/D LIGIA ARREDONIO S/C CALLE N°1; ha co.....