declara:
a) Aprobado y homologado el convenio de obligación de manutención, celebrado entre los ciudadanos NEIDA GONZALEZ y MARIO ORTEGA PRIETO, en beneficio de las niñas (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad); en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
b) Para garantizar la manutención de la niñas (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), el padre se compromete a cancelar la cantidad de seiscientos bolívares (Bs. 600,oo) mensuales, debiendo ser cancelado ciento cincuenta bolívares (Bs. 150,oo) semanales, hasta que la progenitora apertura una cuenta de ahorros e informe al Tribunal de la cuenta.-
c) El progenitor se compromete a incluir a las niñas de autos en el Seguros Manfre, La Seguridad, el cual cubre Hospitalización, Cirugía y Maternidad, Asistencia Medica y Medicamentos.-
d) Una vez que alcance las niñas la edad escolar, el progenitor se.....