TERCERO
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, debidamente identificado UT Supra, a cumplir las medidas de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente, por el lapso de dos (02) años, ambas medidas para ser cumplidas de manera simultáneas por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1°, 2° y 3° en relación con el artículo 7, todos de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano José Gregório Castellano Navas y Homicidio Calificado en grado de Frustración previ.....