Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda con lugar lo peticionado por la defensa Publica y la Fiscal Quinta del Ministerio Publico y difiere la audiencia preliminar y fija nueva oportunidad para el día 09 de junio del año 2010 a las 9:00 de la mañana, Igualmente Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por la Fiscal del Ministerio Público, defensa Privada y en consecuencia decreta de conformidad con el articulo con el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con relación con el articulo 318 ordinal 1° segundo supuesto del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión del delito de Lesiones Intencionales Gravísimas, prevista e.....