que en la misma aparece que dejó Seis hijos de nombre XIOMARA, LIBIS, LIZZY, LEWIS, LEILY y LEINY, , y como quiera que de los anexos acompañados, específicamente copia de la crédula de identidad y partida de nacimiento de la ciudadana LIVIS MARGARITA GARCIA CHACIN, en los cuales aparece su nombre como LIVIS, y como quiera que del acta de defunción del de cujus aparece su nombre como LIBIS, se aprecia que el acta de defunción presenta un error al indicar el referido nombre como hija del causante, de manera que este Juzgado ha podido constatar que si bien existe un error en el acta de defunción del de cujus, este mal puede declarar como uno de los únicos herederos a la ciudadana LIVIS MARGARITA GARCIA CHACIN, cuando del acta de defunción se evidencia otra situación