SE REPONE la presente causa al estado de que se practique la citación personal de los ciudadanos MANUEL ANTONIO MESA COLINA y GARINOL QUINTANILLO PAREDES, tal y como se dispuso en el auto de admisión de fecha 8 de agosto de 2024.
En consecuencia, cesa en sus funciones de defensora judicial de los demandados la abogada NOHELY ADRIANA VÁSQUEZ HERRERA.