Vista la solicitud presentada por el apoderado judicial abogado José Hernández de la codemandada BP VENEZUELA HOLGINGS LIMITED donde solicita se reponga la causa al estado de notificar las sociedades mercantiles demandadas, habida cuenta que transcurrieron 60 días entre las notificaciones de las demandadas, asimismo en la instalación de la Audiencia Preliminar solicitaron la misma solicitó sea notificada la Procuraduría General de la República. Para resolver el presente pedimento el Tribunal hace las siguientes consideraciones: Por una parte consta en el expediente que las notificaciones de las sociedades mercantiles demandadas se han realizado esparcidas en el tiempo la de codemandada Bp Venezuela Holdings Limited se realizó el día 31/01/07, la de Precisions Drilling se realizó el día 08/12/08 y la de Sualca Express, C.A. el día 14/04/09. Por otra parte según Gaceta Oficial N° 347.155 de fecha 22/06/06 se autorizo la creación de la empresa mixta PETROPERIJA, S.A. la cual esta adscri.....