Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana PETRA MORA, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una parcela de terreno propio, según consta en documento autenticado por ante el Registro Publico de los Municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, registrado en el protocolo 1º, tomo 25º, 3er. Trimestre del año 2009, bajo el Nº 39, folios 154 al 155, con una área total de Trescientos Veinte con Treinta y Tres Metros Cuadrados (320,33 Mts2), consistente en una casa de bloque de habitación familiar, con las siguientes características: paredes de bloques frisadas totalme.....