En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la Abogada ZOILA ROSA FONSECA BUENDIA en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, con competencia en todo el estado Portuguesa en materia de Drogas, contra la decisión dictada en fecha 29 de septiembre de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Acarigua, mediante la cual decreto: 1.- Desestimo la acusación presentada por la Representación Fiscal. 2.- Dicto el sobreseimiento en la causa a favor del imputado EDGAR RAFAEL ROJAS MANZANO, por la comisión de delito de Ocultamiento Ilícito de Estupefaciente y 3.-Ordeno el cese de medida de privación judi.....