Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA SOLICITUD DE QUE SE DECLARE LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda intentada por "INVERSIONES F & G, C.A." contra "ARROCERA MARACAIBO, S.A.", todos identificados en la presente decisión.