DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, se declara la calificación de flagrancia en la aprehensión del ciudadano ERNESTO JOSÉ ÁLVAREZ GUDIÑO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.670.135, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 29 de Mayo de 1985, hijo de Felícita Gudiño y Ernesto Álvarez, de profesión u oficio mototaxista, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, casa s/n, Municipio Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: Se califica provisionalmente el hecho atribuido a este ciudadano como AMENAZA DE GRAVE DAÑ.....