Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, XIOMARA ASTRID VILA LASSO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad: N° V- 24.268.286, domiciliada en el Sector Campo Lata, Casigua El Cubo, Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del estado Zulia, y el ciudadano: JOSE EDIXON OSTOS SANTIAGO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad: N° V- 21.227.673, domiciliado en el sector Paseo, Casigua el Cubo, Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, a favor de los niños: (IDENTIDADES OMITIDAS) OSTOS VILA, de 04 y 03 años de edad r.....