DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano OSWALDO COROMOTO CASTILLO BRICEÑO, contra la EMPRESA SOCIALISTA DE TOPOCHEROS MINEROS C.A., motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales; en consecuencia se ordena a la demandada a que pague la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 226.886,38), por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se condena en costas en el 5% del valor de la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 156 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal.
TERCERO: De conformidad con el último aparte del artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público.....