En consecuencia, se condena solidariamente a los demandados ESTEBAN RAMÓN MONTAÑA SARABIA, en su carácter de conductor, ELEOCCIDENTE C.A., en su carácter de propietaria y MULTINACIONAL DE SEGUROS, en su carácter de garante, a pagar al actor HERMES COROMOTO PEÑA SALAZAR la cantidad de Bs.4.200.000,oo por concepto de daños materiales sufridos por su vehículo en el accidente de tránsito. Al no haber vencimiento total no hay condenatoria en costas, y así este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley lo declara. El Tribunal extenderá el fallo completo por escrito, en el lapso previsto en el Código de Procedimiento Civil.