Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEXTO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE cuanto ha lugar en derecho, la Acusación privada interpuesta en contra de la ciudadana: ALEJANDRA TOLMINA DE SPAGÑOLIS MORAN, venezolana, de 39 años de edad, soltera, médico gineco-obstetra, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.470.408, domiciliada en la avenida 69A casa Nº 8B-140 de la Urbanización Los Aceitunos, Sector La Limpia, jurisdicción del Municipio Maracaibo del estado Zulia, por la presunta comisión del delito de INJURIA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 444 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana RINA SABINA AGUIRRE PIRELA, según lo dispuesto en el articulo 409 del Código Orgánico Procesal Penal, quien adquiere la condición de parte QUERELLANTE en este proceso, y ordena librar boleta de citación personal a la acusada antes i.....