DISPOSITIVA
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 1 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por el Fiscal v del Ministerio Público de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con el Articulo 561, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en la Causa Nº 1C-778-12 seguida al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los Delitos: : Contra la Cosa Pública (Resistencia a la Autoridad, previsto en el Artículo: 218 del Código Penal), en perjuicio de: El Estado Venezolano. Y por cuanto la presente decisión no pone fin al proceso ya que la misma tiene es un efecto suspensivo, el Ministerio Público dispone de un tiempo.....