Visto lo expresado por la Trabajadora y la aceptación de la cantidad aquí ofrecida, la Representante de la parte Patronal, ofrece pagar las mismas en este acto mediante Cheques Nº 23191220, por seis mil quinientos ochenta bolívares con veintitrés céntimos (Bs. 6.580,23) girado contra la cuenta corriente Nº. 01341037290001000627 del Banco Banesco Agencia LLANO MALL, emitido a nombre de la Trabajadora Oferida, quién declara que lo recibe conforme en este mismo acto y que desiste de cualquier procedimiento intentado por ante cualquier organismo tal como Inspectoria del Trabajo y otros. CUARTA: Las partes, vista la MEDIACIÓN celebrada, solicitan respetuosamente a la Juez, resuelva sobre su homologación con lo cual tendría efecto de cosa juzgada y, asimismo, solicitan le sean expedida Cuatro (4) juegos de copias certificadas de la presente acta. Acto seguido, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,.....