Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado Luís Alejandro Méndez Guaita en fecha 27/01/2.005 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Diego Rafael Arcay contra el fallo dictado por el a quo en fecha 21/12/2.004.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 21/12/04, que declaró Sin Lugar la tacha incidental intentada por la representación judicial del demandado Diego Rafael Arcay Macías, sobre la letra de cambio que es instrumento fundamental .....