En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Inadmisible el recurso de apelación formulado por la parte demandada, y en consecuencia, se revoca el auto que la admitió, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa en fecha 12-03-2013, en el presente juicio de cobro de honorarios profesionales, seguido por el Abogado JOHAM ELI QUIÑONES BETANCOURT, contra el ciudadano ISMAEL PENAS MIGUEZ, ambos identificados.
Queda en consecuencia, firme y con efectos de cosa juzgada la sentencia del Tribunal Retasador de 18-01-2013.
No hay imposición de costas por la naturaleza del procedimiento.