En consonancia con la jurisprudencia de carácter vinculante antes citada, este tribunal Segundo de juicio del trabajo de la Circunscripción judicial del estado Portuguesa, actuando en sede Constitucional, en razón de la incomparecencia del ciudadano ALIBLACK ENRIQUE SILVA ESPINOZA, titular de la cedula de identidad N° V- 14.773.151 a la audiencia constitucional declara el desistimiento del procedimiento intentado por el referido ciudadano en contra de la ASOCIACION NACIONAL DE CULTIVADORES DE ALGODÓN (SILOS ANCA), y en consecuencia terminado el procedimiento.