Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, en razón de haberse extinguido la acción penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos Alexander Enrique García González, venezolano, natural de Maracaibo, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.007.594, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Oswaldo García y de Luz González, residenciado en el Barrio Zaruma, calle Mara, casa N° 60-80, teléfono 0261-7578128, Maracaibo, Estado Zulia; Rider Omar Rodríguez Blanco, venezolano, natural de Sinamaica, de 48 años de edad, no tiene cedula de identidad, estado civil casado, de profesión u oficio chofer, y residenciado en Puerto Cuervito, Barrio El Carmen, Sector El Carmen, calle principal, frente al Colegio Los Ranchos, teléfono 0416-1661140, Sinamaica, Municipi.....