Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano: YORMAN JOSÉ LEO GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-20.545.661, de este domicilio, inscrita por ante la el Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa durante el año 1.991, inserta en fecha 03-07-1991, bajo el Nº 2133, folio 171 vuelto, Tomo 7, de los libros de Registro de Nacimientos y archivado por ante el Registro Principal de este estado, durante el referido año.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descrita, en lo que respecta al año de nacimiento del solicitante, el cual se asentó erróneamente com.....