Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana CASTILLO KARINA GREGORIA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.858.185, en contra del ciudadano LEONEL RAMON INFANTE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.015.281, en beneficio de la niña (se omite identificación por disposición legal). En consecuencia, se fija la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs.500) por concepto de Obligación de Manutención, que representa aproximadamente cinco punto noventa (5.90) salarios mínimos diarios a razón de sesent.....