con fundamento en todo lo anterior, este juzgador, advertido como ha sido, la subversión procesal, y en salvaguarda del derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, ordena que de inmediato se ordene la devolución del cuaderno de medidas para que sea dicho tribunal el que resuelva sobre la medida planteada en esta instancia, y que es la misma realizada por ante dicho juzgado en fecha 14 de mayo del 2013. ASI SE DECIDE.