DISPOSITIVA
Ante los motivaciones anteriores, este Juzgado este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARE CON LUGAR EL PEDIMENTO planteado por abogado Alberto Martínez, Defensor Público de los ciudadanos Fernández Néstor José y Fernández Rodríguez Alexander José, debidamente identificados en la causa, de conformidad con lo establecido en los artículos 244 y 256.8 del Código Orgánico Procesal Penal, acordando la libertad bajo la imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en la obligación de presentar tres (3) ciudadanos ante este Juzgado que previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 258 presten juramento para obligarse a que los acusados durante el decurso del proceso comparezcan a todos los actos hasta las resultas del proceso, sin menoscabo de la obligación inherentes a ellos.....