Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. ZANDRA GIRON LUCES, SEGUNDO: REVOCA el aparte Tercero de la decisión dictada en fecha 24 de octubre de 2007, con motivo de la audiencia preliminar por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control dos del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual se otorgaba medida cautelar sustitutiva de libertad al acusado de autos y, TERCERO: DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del referido imputado ciudadano SANGRONIS CRESPO EUGENIO RAMON; y en consecuencia ORDENA al Tribunal A-quo dar cumplimiento a la presente decisión.