Por todas estas consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente causa seguida al ciudadano acusado VICTOR RAMON LAMAS, venezolano, mayor de edad, estado civil de profesión u oficio indefinida, titular de e Cédula de identidad Nº NO PORTA, domiciliado en (...)Araure Estado, OTORGA PRORROGA a la Fiscalia del Ministerio Publico por el tiempo de UN (01) AÑO, que comenzara a correr a partir del vencimiento de los dos (02) años, ello en virtud que el juicio oral y publico en la presente causa ya fue iniciado desde la fecha 04/10/2012 y este tiempo de prórroga es suficiente para llegar a la culminación del mismo.