Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley por Unanimidad CONDENA al adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por la comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de frustración, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la época de la comisión de los hechos en concordancia con lo establecido en el artículo 80 último aparte del mencionado Código, Robo Agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la época de la comisión de los hechos, Falsa Atestación Ante Funcionario Público, previsto en el artículo 321 del Código Penal vigente para la época de la comisión de los hechos, Porte Ilícito de Arma de Fuego Previsto en el artículo 5 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, a cumplir la sanción de AMONESTACION d.....